Preguntas frecuentes

¿Los delincuentes juveniles son impunes en Chile?
Cualquier análisis acerca de la situación de los jóvenes infractores de ley yerra si se detiene en el examen de los textos legales. Error de grueso calibre toda vez que los medios de comunicación gustan de afirmar y denunciar la impunidad de un delito en que los menores inculpados son declarados «sin discernimiento».
Existe en la práctica un sistema penal encubierto que castiga a los menores infractores y a los menores «en protección». Lo conforma la policía que hostiga a quienes presentan un aspecto de delincuente (varón, tez morena, pelo oscuro, complexión delgada) y los detiene una y otra vez. El maltrato en las comisarías ha sido insuficientemente estudiado pero es una realidad que los operadores del sistema comprueban diariamente. Este sistema penal encubierto está también integrado por aquellos funcionarios del poder judicial (actuarios y jueces) que desconocen los derechos que les asisten a los menores detenidos y les niegan información a sus familiares. Lo conforman, asimismo, aquellos gendarmes y profesionales de los centros de detención que en sus rutinas no han incorporado las garantías mínimas de un estado democrático de derecho. Ignorar este aparato que opera paralelo a las normativa legal es ignorar la realidad del cuarto oscuro.

Sistema penal reforzado que se caracteriza porque a los adolescentes se les imponen sanciones propias del sistema de reacción punitiva, pero no las garantías que se exigen para su aplicación.
Es por ello que sostenemos que, en los hechos, hoy inimputabilidad no es sinónimo de impunidad. Inimputabilidad no significa realmente que el menor es sacado fuera del derecho penal. Sólo es sacado fuera de ciertas instituciones penales, en especial de su estructura garantista, pero otras le son enteramente aplicables.


¿Es correcto hablar de menores delincuentes ?
En Chile no hay delincuentes, sino destinos decía Joaquín Edwards Bello
La cita al dos veces premio nacional es pertinente al exponer lo lamentable de la denominación de uso común: delincuencia juvenil
Las etiquetas, las denominaciones, las clasificaciones nos ayudan a ubicar a los otros en alguna categoría y así ejercer algún poder, algún tipo de control. El mundo juvenil representa cada vez más un misterio para amplios sectores adultos, en especial, sectores dirigentes. El mundo delictual, por otro lado, siempre ha ejercido un vértigo de atracción-repulsión que hasta hoy es visible en las portadas sensacionalistas de algún diario, en los programas seudoperiodísticos dedicados a la cárcel y alrededores.
No es raro, entonces, que la etiqueta de delincuencia juvenil parezca evidente y necesaria ante la creciente alarma por delitos en que aparecen adolescentes involucrados.
Sin embargo, la Medicina nos ha enseñado que el costo por los malos diagnósticos puede ser la muerte del paciente. Errar la mirada o distraerla, al hablar de cómo reaccionamos, en cuanto sociedad, ante un joven delinquiendo puede ser igualmente fatal.
La doctrina penal hoy entiende que hablar de delito requiere estar hablando de un comportamiento que ha sido querido como tal, donde hay una voluntad que libremente escoge contrariar una prohibición. Muchos concuerdan en que en el universo de los niños y adolescentes que infringen la ley es difícil hablar de voluntades libres, es difícil (no imposible) responsabilizar a muchachos de 16 años de las condiciones sociales en que han sido criados o de la ausencia o escasez de políticas públicas que les hayan tendido una mano.
Delincuencia juvenil es una denominación facilista, seductoramente mediática, doctrinariamente incorrecta, estadísticamente imprecisa, fuertemente estigmatizadora.
Estas reflexiones no son matices de escritorio o disquisiciones escolásticas sobre cuántos ángeles caben en la cabeza de un alfiler. El titular que habla de delincuente juvenil refiriéndose al chico de 16 años, 4º medio, padre de un recién nacido, que robó un celular y que después lo devolvió y que observado por las cámaras de vigilancia del centro fue detenido y pasó 1 mes preso, ese titular que lo clasifica como delincuente juvenil es lo que tenemos en la mente al plantar estos reparos a esa pobre expresión de tan común uso.
Nosotros preferimos las expresiones ilegalismos juveniles e infracciones juveniles o adolescentes a la ley penal que nos parecen más conformes con los desarrollos actuales de la dogmática penal.